El Compliance Penal constituye el conjunto de herramientas de carácter preventivo con el objeto de prevenir la infracción de normas de carácter penal y evitar de este modo, eventuales sanciones que generen responsabilidad a la empresa.
El Compliance Penal se encuentra regulado en el artículo 31 bis del Código Penal, donde establece la obligación de las personas jurídica de contar con un modelo de prevención de riesgos penales. El propio articulo recoge una serie de elementos indispensables que debe contener todo sistema de Compliance: